El Ministerio de Economía anunció una reforma concertada con tributaristas para eliminar trabas, flexibilizar límites patrimoniales y ofrecer seguridad legal absoluta ante eventuales cambios de ciclo político.
El Poder Ejecutivo enviará un nuevo proyecto de ley al Congreso de la Nación destinado a perfeccionar el régimen de Inocencia Fiscal. La iniciativa, elaborada en conjunto con destacados tributaristas del sector privado, busca disipar dudas técnicas, eliminar barreras de entrada y brindar garantías de inviolabilidad a los contribuyentes que formalicen sus ahorros en dólares e ingresen al régimen simplificado.
US$ 170.000 M AHORROS FUERA DEL SISTEMA (EST. BCRA)
US$ 40.000 M RÉCORD DE DEPÓSITOS BANCARIOS ACTUAL
31/12/2027 PLAZO LÍMITE PARA USO DE DIVISAS
1. El contexto macroeconómico y el diagnóstico oficial
Durante la presentación formal, el ministro de Economía trazó un diagnóstico severo sobre la evolución del gasto público y la carga tributaria en Argentina durante las últimas dos décadas. Según explicó, el país pasó de un nivel de gasto sobre el Producto Bruto Interno (PBI) cercano al 24% a un pico histórico del 43%. Para financiar esa expansión, se recurrió a subas impositivas severas —como las retenciones al campo impuestas en 2002— y a una emisión monetaria descontrolada.
Esta combinación derivó en devaluaciones sistemáticas, inflación acentuada, restricciones cambiarias (cepos) y una fuerte distorsión económica que expulsó a millones de ahorristas hacia la informalidad. En ese escenario, muchos ciudadanos tributariamente cumplidores se vieron forzados a volcar sus excedentes al sector informal para poder adquirir y resguardar divisas estadounidenses.
“Tener los dólares debajo del colchón es un pésimo negocio: pierde valor por la inflación internacional. Quien guardó US$ 100.000 hace 20 años en el colchón mantiene esa suma, mientras que en el sistema financiero al 6% anual hoy tendría US$ 320.000. Necesitamos que ese ahorro se vuelque al crédito e inversión para volver a crecer.”
— Ministro de Economía de la Nación
2. Los cuatro cambios sustanciales del nuevo proyecto
Para subsanar las objeciones normativas y barreras operativas detectadas por los asesores impositivos en la primera versión de
la norma, la Secretaría Legal y Técnica formalizó cuatro modificaciones estratégicas:
Modificaciones Centrales a la Ley de Inocencia Fiscal
1. Universalización del Acceso (Eliminación de barreras): Se suprimen los tres límites de ingreso al régimen de declaración simplificada de Ganancias (ingresos de hasta $1.000 M, patrimonio de $10.000 M y exclusión de grandes contribuyentes). Queda abierto a todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes. Los grandes contribuyentes
podrán usar la preliquidación de ARCA, aunque sin los beneficios de presunción absoluta.
2. Umbral Mínimo Nominal para Impugnaciones: Para evitar que un desfasaje porcentual del 15% por montos insignificantes rompa la presunción de exactitud, se fija un piso mínimo nominal equivalente al 5% del monto de evasión de la Ley Penal Tributaria (aproximadamente $5 millones). Por debajo de ese valor, la presunción se mantiene inalterable.
3. Mantenimiento del Beneficio mediante Rectificativa: Si ARCA detecta una discrepancia significativa, el contribuyente no pierde automáticamente los beneficios. Tendrá un plazo de 15 días hábiles desde la notificación para presentar una declaración rectificativa y abonar la diferencia más intereses.
4. Reintegro Acelerado con Intereses: En caso de que un contribuyente rectifique y pague bajo protesta pero la Justicia
posteriormente revoque la impugnación de ARCA, la agencia fiscal estará obligada por ley a restituir los fondos con
intereses en un plazo no mayor a 45 días hábiles.
3. La visión de los tributaristas:
“Cambio de paradigma y seguridad jurídica”
La conferencia contó con la participación de reconocidos especialistas del sector privado (Livan Cusak, Miriam Roldán, Ricardo Paolina, Sonia Becherman y Alejandro Rosenfer), quienes destacaron la apertura del equipo económico para receptar las inquietudes del sector y resaltaron la transformación estructural que implica esta legislación.
Los especialistas enfatizaron que Argentina pasa de un modelo inquisitivo —donde el ciudadano era investigado de manera predictiva sobre consumos, colegios, expensas y viajes— a un esquema de presunción de inocencia tributaria, donde el fisco solo fiscalizará la consistencia de ingresos y gastos declarados.
“No estamos ante un régimen de blanqueo o amnistía, sino ante un sistema simplificado de determinación impositiva. Esto otorga certeza jurídica total: las investigaciones sobre origen de fondos vinculadas a la función pública o a delitos no se detienen, pero en materia fiscal el contribuyente cumplidor queda plenamente resguardado.”
— Representante de la Mesa de Tributaristas
4. Clarificaciones operativas y respuestas a la prensa
¿Qué ocurre con el desdoblamiento entre el pago y la presentación diferida al 27 de agosto?
Los tributaristas aclararon que para gozar del efecto liberatorio y del “tapón fiscal” se requiere el cumplimiento de ambos requisitos
(presentación y pago). En el caso excepcional del período fiscal 2025, cuyo pago opera el 27 de julio y la presentación el 27 de agosto, ARCA no puede iniciar fiscalizaciones previas a la fecha de vencimiento formal de la declaración jurada, manteniéndose indemne la presunción de exactitud.
¿Cuál es el rol de los bancos ante las normativas contra el lavado de dinero?
Se confirmó que el proyecto incorporará la constancia de adhesión al régimen como un antecedente y acto positivo de trazabilidad.
Esto impedirá que las entidades bancarias rechacen depósitos de ahorro no formalizado (“dinero negro” derivado de distorsiones cambiarias pasadas), manteniendo plenamente operativas las facultades de la UIF únicamente para el “dinero sucio” proveniente de actividades ilícitas.
¿Qué sucede con las provincias que no adhieran a la norma nacional?
La Ley 27.799 invita formalmente a las 23 provincias y a CABA a adherir. En aquellas jurisdicciones que no lo hagan (como eventualmente la Provincia de Buenos Aires), los fiscos locales solo podrían intentar reclamar alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en caso de que el titular desarrolle actividad económica personal, aunque históricamente las provincias han terminado adhiriendo para no frustrar el flujo de depósitos.
¿Qué beneficio obtienen quienes siempre tuvieron sus impuestos al día?
Se ratificó que la Ley de Inocencia Fiscal 1 ya consolidó un beneficio histórico para el contribuyente cumplidor: la reducción de la
prescripción fiscal de 5 a 3 años para quien presente en término y no registre discrepancias significativas.

La Secretaría de Recursos Hídricos de La Pampa incorporó a cinco nuevos pasantes pertenecientes a la Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam). Los jóvenes profesionales se sumarán a diversas áreas para apoyar tareas técnicas, administrativas y de planificación estratégica dentro del organismo.

Estas intervenciones permiten preservar corredores que hoy soportan un tránsito muy superior al histórico, una situación agravada como consecuencia del deterioro que presentan numerosas rutas nacionales. Cabe destacar que la obra está a cargo de la empresa Ribeiro S.R.L.




