Normativa para realizar picadas

La Dirección de Recursos Naturales comunicó que, según lo establecido por la Resolución Nº 317/13 del Ministerio de la Producción, deberán inscribirse en el “Registro de Titulares de Inmuebles con Bosques”, aquellos productores rurales que deseen realizar trabajos de picadas perimetrales, cortafuegos, picadas internas, extracción de productos forestales secos y cualquier actividad sobre el bosque, así como la obtención de guías forestales.
Asimismo, para la autorización de los mencionados trabajos deberán solicitarse los permisos correspondientes ante esta Dirección, los cuales deberán ajustarse a las condiciones fijadas en el mismo.
Se recuerda la obligatoriedad de dejar el suelo libre de restos leñosos, permitiéndose por el plazo máximo de seis (6) meses, contados desde la finalización de los trabajos, la presencia de cordones producto del empleo de topadoras.

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